{"id":133893,"date":"2023-08-18T21:57:00","date_gmt":"2023-08-18T20:57:00","guid":{"rendered":"https:\/\/ivssuk.com\/terminos-y-condiciones-condiciones-comerciales-estandar\/"},"modified":"2024-08-20T12:19:37","modified_gmt":"2024-08-20T11:19:37","slug":"terminos-y-condiciones-condiciones-comerciales-estandar","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/ivssuk.com\/es\/terminos-y-condiciones-condiciones-comerciales-estandar\/","title":{"rendered":"T\u00e9rminos y condiciones-condiciones comerciales est\u00e1ndar"},"content":{"rendered":"<p><strong>Servicios de transporte internacional de veh\u00edculos Condiciones comerciales generales de Limited<\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><strong>Las condiciones completas son las siguientes:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>BRITISH INTERNATIONAL FREIGHT ASSOCIATION (BIFA) CONDICIONES COMERCIALES EST\u00c1NDAR EDICI\u00d3N 2021, \u00a9 BIFA 2021 &#8211; (T\u00e9rminos 1 &#8211; 28)<\/strong><\/li>\n<li><strong>Condiciones adicionales relativas a veh\u00edculos, maquinaria y equipos (Condiciones 1 &#8211; 18)<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong> <\/strong><strong>CONDICIONES COMERCIALES EST\u00c1NDAR DE LA ASOCIACI\u00d3N INTERNACIONAL BRIT\u00c1NICA DE TRANSPORTE DE MERCANC\u00cdAS (BIFA)<\/strong><strong>EDICI\u00d3N 2021, <\/strong><strong>\u00a9 BIFA 2021<\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><strong>SE LLAMA LA ATENCI\u00d3N DEL CLIENTE SOBRE LAS CL\u00c1USULAS ESPEC\u00cdFICAS DEL PRESENTE DOCUMENTO QUE EXCLUYEN O LIMITAN LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA Y LAS QUE EXIGEN QUE EL CLIENTE INDEMNICE A LA EMPRESA EN DETERMINADAS CIRCUNSTANCIAS Y LAS QUE LIMITAN EL TIEMPO Y LAS QUE TRATAN DE LAS CONDICIONES DE EMISI\u00d3N DE UN SEGURO DE MERCANC\u00cdAS EFECTIVO, SIENDO LAS CL\u00c1USULAS 7\u00aa, 8, 10, 11(A) y 11(B) 12-14 INCLUSIVA, 18-20 INCLUSIVA, Y 24-27 INCLUSIVA. SE LLAMA TAMBI\u00c9N LA ATENCI\u00d3N DEL CLIENTE SOBRE LA CL\u00c1USULA 28 QUE PERMITE EL ARBITRAJE EN DETERMINADAS CIRCUNSTANCIAS<\/strong> Todos los t\u00edtulos son indicativos y no forman parte de estas condiciones <strong>DEFINICIONES Y APLICACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong>En estas condiciones, las palabras siguientes tendr\u00e1n los significados siguientes:-.  <\/p>\n<table style=\"width: 70.4976%; height: 765px;\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abEmpresa<\/td>\n<td width=\"456\">el miembro de la BIFA que comercia en estas condiciones<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abDestinatario\u00bb<\/td>\n<td width=\"456\">la Persona a la que se env\u00edan las mercanc\u00edas<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abCliente<\/td>\n<td width=\"456\">cualquier Persona a cuya solicitud o en cuyo nombre la Empresa emprenda cualquier negocio o proporcione asesoramiento, informaci\u00f3n o servicios<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abAgente de Aduanas Directo\u00bb<\/td>\n<td width=\"456\">la Empresa que act\u00faa en nombre y por cuenta del Cliente y\/o Propietario ante el H.M. Revenue and Customs (\u00abHMRC\u00bb), tal y como se define en la Taxation (Cross Border Trade) Act 2018, Cl\u00e1usula 21.1(a), o en su versi\u00f3n modificada<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abMercanc\u00eda\u00bb<\/td>\n<td width=\"456\">la carga a la que se refiere cualquier negocio en virtud de estas condiciones<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abPersona<\/td>\n<td width=\"456\">persona(s) f\u00edsica(s) o cualquier entidad o entidades jur\u00eddicas<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abLMAA<\/td>\n<td width=\"456\">la Asociaci\u00f3n de \u00c1rbitros Mar\u00edtimos de Londres<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abDEG<\/td>\n<td width=\"456\">son Derechos Especiales de Giro seg\u00fan la definici\u00f3n del Fondo Monetario Internacional<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abUnidad de transporte<\/td>\n<td width=\"456\">caja de embalaje, paletas, contenedor, remolque, cisterna o cualquier otro dispositivo utilizado para y en relaci\u00f3n con el transporte de Mercanc\u00edas por tierra, mar o aire.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"163\">\u00abPropietario\u00bb<\/td>\n<td width=\"456\">el Propietario de las Mercanc\u00edas o de la Unidad de Transporte y cualquier otra Persona que est\u00e9 o pueda estar interesada en ellas<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>  2(A) Sin perjuicio de lo dispuesto en el subapartado (B) siguiente, todas y cada una de las actividades de la Empresa en el curso de sus negocios, ya sean gratuitas o no, se realizan con sujeci\u00f3n a estas condiciones. (B) Si alguna legislaci\u00f3n, incluidos los reglamentos y directivas, es de aplicaci\u00f3n obligatoria a cualquier negocio emprendido, estas condiciones se entender\u00e1n, en lo que respecta a dicho negocio, sujetas a dicha legislaci\u00f3n, y nada de lo dispuesto en estas condiciones se interpretar\u00e1 como una renuncia por parte de la Empresa a cualquiera de sus derechos o inmunidades o como un aumento de cualquiera de sus responsabilidades u obligaciones en virtud de dicha legislaci\u00f3n, y si alguna parte de estas condiciones es contraria a dicha legislaci\u00f3n en cualquier medida, dicha parte quedar\u00e1 anulada en lo que respecta a dicho negocio en esa medida y no en ninguna otra. 3 El Cliente garantiza que es el Propietario o el agente autorizado del Propietario y, adem\u00e1s, que acepta estas condiciones no s\u00f3lo por s\u00ed mismo, sino tambi\u00e9n como agente y en nombre del Propietario.  <strong>La empresa<\/strong>  4(A) Sin perjuicio de lo dispuesto en las cl\u00e1usulas 11 y 12 siguientes, la Empresa tendr\u00e1 derecho a procurar alguno o todos los servicios como agente, o, a prestar dichos servicios como principal. (B) La Empresa se reserva plena libertad en cuanto a los medios, ruta y procedimiento a seguir en la ejecuci\u00f3n de cualquier servicio prestado en el curso de los negocios emprendidos con sujeci\u00f3n a estas condiciones. 5 Cuando la Empresa contrate como principal cualquier servicio, tendr\u00e1 plena libertad para realizar dichos servicios por s\u00ed misma, o, para subcontratar en cualquier condici\u00f3n, la totalidad o parte de dichos servicios. 6(A) Cuando la Empresa act\u00fae como agente en nombre del Cliente, la Empresa tendr\u00e1 derecho, y el Cliente por la presente autoriza expresamente a la Empresa, a celebrar todos y cada uno de los contratos en nombre del Cliente que sean necesarios o convenientes para cumplir las instrucciones del Cliente, y tanto si dichos contratos est\u00e1n sujetos a las condiciones comerciales de las partes con las que se celebren dichos contratos, como si no. (B) La Empresa, en un plazo de 14 d\u00edas a partir de la notificaci\u00f3n dada por el Cliente, proporcionar\u00e1 pruebas de cualquier contrato celebrado como agente del Cliente. En la medida en que la Empresa incumpla la obligaci\u00f3n de aportar dicha prueba, se considerar\u00e1 que ha contratado con el Cliente como mandante para el cumplimiento de las instrucciones del Cliente. 7 En todos y cada uno de los tratos con HMRC, para y en nombre del Cliente y\/o Propietario establecido en el Reino Unido, la Empresa se considera designada y debidamente facultada para actuar \u00fanicamente como Agente de Aduanas Directo, para realizar declaraciones de Aduanas en nombre del Cliente (Principal) como su \u00abAgente Directo\u00bb. 8(A) Sujeto a la subcl\u00e1usula (B) siguiente, la Empresa: (i) tiene un gravamen general sobre todas las Mercanc\u00edas y documentos relativos a las Mercanc\u00edas en su posesi\u00f3n, custodia o control por todas las sumas adeudadas en cualquier momento a la Empresa por el Cliente y\/o Propietario por cualquier concepto, ya sea relativo a Mercanc\u00edas pertenecientes a, o servicios prestados por o en nombre de la Empresa al Cliente o Propietario. Los gastos de almacenamiento seguir\u00e1n deveng\u00e1ndose sobre cualquier Mercanc\u00eda retenida bajo gravamen; (ii) tendr\u00e1 derecho, previa notificaci\u00f3n por escrito al Cliente con al menos 21 d\u00edas de antelaci\u00f3n, a vender o disponer de dicha Mercanc\u00eda o documentos, o a ocuparse de ellos, como agente del Cliente y a expensas de \u00e9ste, y a aplicar los ingresos al pago de dichas sumas; (iii) tras rendir cuentas al Cliente por cualquier saldo restante tras el pago de cualquier suma adeudada a la Empresa, y por el coste de la venta y\/o disposici\u00f3n y\/o trato, quedar\u00e1 liberada de cualquier responsabilidad con respecto a la Mercanc\u00eda o los documentos. (B) Cuando las Mercanc\u00edas puedan perecer o deteriorarse, el derecho de la Empresa a vender o disponer de las Mercanc\u00edas o a ocuparse de ellas surgir\u00e1 inmediatamente despu\u00e9s de que se adeude cualquier suma a la Empresa, sujeto \u00fanicamente a que la Empresa tome medidas razonables para poner en conocimiento del Cliente su intenci\u00f3n de vender o disponer de las Mercanc\u00edas antes de hacerlo. 9 La Empresa tendr\u00e1 derecho a retener y a que se le paguen todos los corretajes, comisiones, asignaciones y otras remuneraciones habitualmente retenidas por, o pagadas a, los transitarios. 10(A) En caso de que el Cliente, Consignatario o Propietario de las Mercanc\u00edas no reciba la entrega en el momento y lugar se\u00f1alados, cuando y donde la Empresa tenga derecho a entregar, la Empresa tendr\u00e1 derecho a almacenar las Mercanc\u00edas, o cualquier parte de las mismas, por cuenta y riesgo exclusivos del Cliente, Consignatario o Propietario, con lo cual la responsabilidad de la Empresa con respecto a las Mercanc\u00edas, o a esa parte de las mismas, almacenadas como se ha mencionado anteriormente, cesar\u00e1 por completo. La responsabilidad de la Empresa, si la hubiere, en relaci\u00f3n con dicho almacenamiento, se regir\u00e1 por las presentes condiciones. Todos los costes en que incurra la Empresa como consecuencia de la falta de recepci\u00f3n de la entrega se considerar\u00e1n como flete devengado, y dichos costes deber\u00e1n ser abonados por el Cliente, previa solicitud. (B) La Empresa tendr\u00e1 derecho, a expensas del Cliente, a disponer o tratar (mediante venta o de otro modo, seg\u00fan sea razonable dadas las circunstancias):- (i) previo aviso por escrito al Cliente con al menos 21 d\u00edas de antelaci\u00f3n, o (cuando no se pueda localizar al Cliente y se hayan realizado esfuerzos razonables para contactar con cualquier parte que la Empresa pueda suponer razonablemente que tiene alg\u00fan inter\u00e9s en las Mercanc\u00edas) sin previo aviso, cualquier Mercanc\u00eda que haya estado en poder de la Empresa durante 60 d\u00edas y que no pueda ser entregada seg\u00fan las instrucciones; y (ii) sin previo aviso, cualquier Mercanc\u00eda que haya perecido, se haya deteriorado o alterado, o que est\u00e9 en perspectiva inmediata de hacerlo de forma que haya causado o pueda esperarse razonablemente que cause p\u00e9rdidas o da\u00f1os a la Empresa, o a terceros, o que contravenga cualquier ley o normativa aplicable. 11(A) No se efectuar\u00e1 ning\u00fan seguro excepto en virtud de y de acuerdo con instrucciones claramente establecidas, dadas por escrito por el Cliente y aceptadas por escrito por la Empresa, y todos los seguros efectuados por la Empresa est\u00e1n sujetos a las excepciones y condiciones habituales de las p\u00f3lizas de los aseguradores o suscriptores que asuman el riesgo. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, la Compa\u00f1\u00eda no tendr\u00e1 obligaci\u00f3n alguna de efectuar un seguro separado sobre las Mercanc\u00edas, pero podr\u00e1 declararlo en cualquier p\u00f3liza abierta o general que posea la Compa\u00f1\u00eda. (B) En la medida en que la Empresa acuerde efectuar el seguro, la Empresa act\u00faa \u00fanicamente como agente del Cliente, y los l\u00edmites de responsabilidad en virtud de la cl\u00e1usula 26(A) de estas condiciones no se aplicar\u00e1n a las obligaciones de la Empresa en virtud de la cl\u00e1usula 11. 12(A) Excepto en virtud de acuerdos especiales previamente realizados por escrito por un directivo de la Empresa autorizado para ello, o realizados de conformidad con o bajo los t\u00e9rminos de un documento impreso firmado por la Empresa, cualquier instrucci\u00f3n relativa a la entrega o liberaci\u00f3n de la Mercanc\u00eda en circunstancias espec\u00edficas (tales como, pero no limitadas a, contra pago o contra entrega de un documento concreto) ser\u00e1 aceptada por la Empresa, cuando la Empresa tenga que contratar a terceros para efectuar el cumplimiento de las instrucciones, \u00fanicamente como agente del Cliente. (B) A pesar de la aceptaci\u00f3n por parte de la Empresa de las instrucciones del Cliente para cobrar fletes, derechos, cargas, cuotas u otros gastos del Consignatario, o de cualquier otra Persona, al recibir la Empresa pruebas de la debida demanda, y, en ausencia de pruebas de pago (por cualquier motivo) por parte de dicho Consignatario, o de otra Persona, el Cliente seguir\u00e1 siendo responsable de dichos fletes, derechos, cargas, cuotas u otros gastos. (C) La Empresa no ser\u00e1 responsable de los acuerdos a los que se hace referencia en las subcl\u00e1usulas (A) y (B) del presente documento, salvo cuando dichos acuerdos se realicen por escrito y, en cualquier caso, la responsabilidad de la Empresa con respecto a la ejecuci\u00f3n u organizaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de dichas instrucciones no superar\u00e1 los l\u00edmites establecidos en la cl\u00e1usula 26(A) (ii) de estas condiciones. 13 El asesoramiento y la informaci\u00f3n, cualquiera que sea la forma en que se faciliten, son proporcionados por la Empresa \u00fanicamente para el Cliente. El Cliente indemnizar\u00e1 a la Empresa por todas las p\u00e9rdidas y da\u00f1os sufridos como consecuencia de la transmisi\u00f3n de dicho asesoramiento o informaci\u00f3n a terceros. 14 Sin el acuerdo previo por escrito de un directivo de la Empresa autorizado para ello, la Empresa no aceptar\u00e1 ni tratar\u00e1 con Mercanc\u00edas que requieran un tratamiento especial en cuanto a transporte, manipulaci\u00f3n o seguridad, ya sea debido a su naturaleza atractiva o no, incluidos, entre otros, lingotes de oro, divisas, valores, piedras preciosas, joyas, objetos de valor, antig\u00fcedades, cuadros, restos humanos, seres vivos y plantas. Si, a pesar de todo, un Cliente entregara a la Empresa cualquiera de estos bienes, o hiciera que la Empresa manipulara o tratara con ellos, de otra forma que no fuera en virtud de dicho acuerdo previo, la Empresa no tendr\u00e1 responsabilidad alguna por los bienes o en relaci\u00f3n con ellos, sea cual sea su origen. 15 Excepto en virtud de instrucciones previamente recibidas por escrito y aceptadas por escrito por la Empresa, la Empresa no aceptar\u00e1 ni tratar\u00e1 con Mercanc\u00edas de naturaleza peligrosa o da\u00f1ina, ni con Mercanc\u00edas susceptibles de albergar o fomentar alima\u00f1as u otras plagas, ni con Mercanc\u00edas susceptibles de manchar o afectar a otras Mercanc\u00edas. Si dichas Mercanc\u00edas se aceptan en virtud de un acuerdo especial, pero, posteriormente, y en opini\u00f3n de la Empresa, constituyen un riesgo para otras mercanc\u00edas, la propiedad, la vida o la salud, la Empresa, siempre que sea razonablemente factible, se pondr\u00e1 en contacto con el Cliente para exigirle que retire o se ocupe de otro modo de las mercanc\u00edas, pero se reserva el derecho, en cualquier caso, de hacerlo a expensas del Cliente. 16 Cuando exista una elecci\u00f3n de tarifas en funci\u00f3n del alcance o grado de la responsabilidad asumida por la Empresa y\/o terceros, no se realizar\u00e1 ninguna declaraci\u00f3n de valor y\/o se tratar\u00e1 como si se hubiera realizado, excepto en virtud de acuerdos especiales previamente realizados por escrito por un directivo de la Empresa autorizado para ello, tal y como se menciona en la cl\u00e1usula 26(D).  <strong><br \/>\n  THE CUSTOMER<br \/>\n<\/strong>  17 El Cliente garantiza: (A) (i) que los siguientes datos (facilitados por el Cliente o en su nombre) son completos y exactos: la descripci\u00f3n y los datos de cualquier Mercanc\u00eda; cualquier informaci\u00f3n facilitada (incluidos, entre otros, la naturaleza, el peso bruto, la masa bruta (incluida la masa bruta real verificada de cualquier contenedor lleno de bultos y art\u00edculos de carga) y las medidas de cualquier Mercanc\u00eda); y la descripci\u00f3n y los datos de cualquier servicio solicitado por el Cliente o en su nombre son completos y exactos, y (ii) que cualquier Unidad de Transporte y\/o equipo suministrado por el Cliente en relaci\u00f3n con la prestaci\u00f3n de cualquier servicio solicitado es apto para su finalidad; (B) que todas las Mercanc\u00edas han sido preparadas, embaladas, estibadas, etiquetadas y\/o marcadas de forma adecuada y suficiente, y que la preparaci\u00f3n, embalaje, estiba, etiquetado y marcado son adecuados a cualquier operaci\u00f3n o transacci\u00f3n que afecte a las Mercanc\u00edas y a las caracter\u00edsticas de las mismas. (C) que cuando la Empresa reciba las Mercanc\u00edas del Cliente ya estibadas en o sobre una Unidad de Transporte, la Unidad de Transporte se encuentre en buen estado y sea apta para el transporte al destino previsto de las Mercanc\u00edas cargadas en ella o sobre ella; (D) que cuando la Empresa proporcione la Unidad de Transporte, al ser cargada por el Cliente, la Unidad de Transporte se encuentre en buen estado y sea apta para el transporte al destino previsto de las Mercanc\u00edas cargadas en ella o sobre ella. 18 Sin perjuicio de los derechos que se deriven de la cl\u00e1usula 15, cuando el Cliente entregue a la Empresa, o haga que la Empresa manipule, Mercanc\u00edas de naturaleza peligrosa o da\u00f1ina, o Mercanc\u00edas susceptibles de albergar o alentar alima\u00f1as u otras plagas, o Mercanc\u00edas susceptibles de contaminar o afectar a otras mercanc\u00edas, tanto si han sido declaradas a la Empresa como si no, ser\u00e1 responsable de todas las p\u00e9rdidas o da\u00f1os que se produzcan en relaci\u00f3n con dichas Mercanc\u00edas, e indemnizar\u00e1 a la Empresa por todas las sanciones, reclamaciones, da\u00f1os, costes y gastos que se produzcan en relaci\u00f3n con las mismas, y las Mercanc\u00edas podr\u00e1n ser tratadas del modo que la Empresa, o cualquier otra persona bajo cuya custodia se encuentren en cualquier momento, considere oportuno. 19 El Cliente se compromete a que no se presente ninguna reclamaci\u00f3n contra ning\u00fan directivo, funcionario o empleado de la Empresa que le imponga, o intente imponerle, responsabilidad alguna en relaci\u00f3n con cualquiera de los servicios objeto de estas condiciones, y, si a pesar de ello se presentara alguna reclamaci\u00f3n de este tipo, a indemnizar a la Empresa por todas las consecuencias de la misma. 20 El Cliente eximir\u00e1 a la Empresa de toda responsabilidad y la mantendr\u00e1 indemne frente a (A) toda responsabilidad, p\u00e9rdida, da\u00f1o, coste y gasto de cualquier tipo (incluidos, sin perjuicio de la generalidad de lo anterior, todos los derechos, impuestos, grav\u00e1menes, dep\u00f3sitos y desembolsos de cualquier naturaleza recaudados por cualquier autoridad en relaci\u00f3n con las Mercanc\u00edas) derivados de la actuaci\u00f3n de la Empresa de conformidad con las instrucciones del Cliente, o derivados de cualquier incumplimiento por parte del Cliente de cualquier garant\u00eda contenida en estas condiciones, o de la negligencia del Cliente; (B) sin perjuicio de lo dispuesto en la subcl\u00e1usula (A) anterior, cualquier responsabilidad asumida o incurrida por la Empresa cuando, en raz\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de las instrucciones del Cliente, la Empresa se haya convertido en responsable ante cualquier otra parte; (C) todas las reclamaciones, costes y demandas, cualesquiera que sean y por quienquiera que se formulen o presenten, que excedan de la responsabilidad de la Empresa en virtud de los t\u00e9rminos de las presentes condiciones, independientemente de que dichas reclamaciones, costes y\/o demandas se deriven de, o est\u00e9n relacionadas con, el incumplimiento de contrato, negligencia o incumplimiento de deberes de la Empresa, sus empleados, subcontratistas o agentes; (D) cualquier reclamaci\u00f3n de naturaleza media general que pueda formularse a la Empresa. 21(A) La recepci\u00f3n puntual e \u00edntegra de las sumas adeudadas por el Cliente a la Empresa es fundamental para el funcionamiento del negocio de la Empresa y el cumplimiento de sus obligaciones para con el Cliente. En consecuencia, el Cliente pagar\u00e1 a la Empresa en efectivo, o seg\u00fan se acuerde de otro modo, todas las sumas a su vencimiento, inmediatamente y sin reducci\u00f3n o aplazamiento a causa de cualquier reclamaci\u00f3n, reconvenci\u00f3n o compensaci\u00f3n. El tiempo es esencial para el pago de todas y cada una de las sumas pagaderas por el Cliente a la Empresa. (B) En caso de incumplimiento por parte del Cliente del pago \u00edntegro y puntual de cualquier suma pagadera a la Empresa (de conformidad con la cl\u00e1usula 21(A) anterior): (i) Todas y cada una de las dem\u00e1s sumas debidamente devengadas y\/o debidas a la Empresa (pero que, de no ser por esta cl\u00e1usula 21(B), a\u00fan no ser\u00edan pagaderas por el Cliente, ya sea en virtud de un periodo de cr\u00e9dito acordado o de otro modo) ser\u00e1n inmediatamente pagaderas en su totalidad; y (ii) Cualquier suma que pase a ser inmediatamente pagadera se abonar\u00e1 a la Empresa en efectivo, o seg\u00fan se acuerde de otro modo, y sin reducci\u00f3n o aplazamiento a causa de cualquier reclamaci\u00f3n, reconvenci\u00f3n o compensaci\u00f3n. (C) Ninguna omisi\u00f3n en la b\u00fasqueda de compensaci\u00f3n por incumplimiento de 21(A) y (B) anteriores por parte de la Empresa constituir\u00e1 una renuncia o exenci\u00f3n para el Cliente de cualquier responsabilidad en virtud de 21(A) y (B) anteriores durante la aplicaci\u00f3n de estos t\u00e9rminos, a menos que se acuerde por escrito entre los funcionarios autorizados de la Empresa y el Cliente. (D) La Ley de Morosidad en el Pago de Deudas Comerciales (Intereses) de 1998, en su versi\u00f3n modificada, se aplicar\u00e1 a todas las cantidades adeudadas por el Cliente. 22 Cuando surja responsabilidad con respecto a reclamaciones de naturaleza media general en relaci\u00f3n con las Mercanc\u00edas, el Cliente proporcionar\u00e1 sin demora una garant\u00eda a la Empresa, o a cualquier otra parte designada por la Empresa, de forma aceptable para la Empresa.  &nbsp;<\/p>\n<p><strong><br \/>\n  LIABILITY AND LIMITATION<br \/>\n<\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong>23 La Empresa desempe\u00f1ar\u00e1 sus funciones con un grado razonable de cuidado, diligencia, destreza y juicio. 24 La Sociedad quedar\u00e1 exenta de responsabilidad por cualquier p\u00e9rdida o si, y en la medida en que, dicha p\u00e9rdida o da\u00f1o sea causado por:- (A) huelga, cierre patronal, paro o restricci\u00f3n del trabajo, cuyas consecuencias la Sociedad no pueda evitar mediante el ejercicio de una diligencia razonable; o (B) cualquier causa o acontecimiento que la Sociedad no pueda evitar, y cuyas consecuencias la Sociedad no pueda prevenir mediante el ejercicio de una diligencia razonable. 25 Excepto en virtud de acuerdos especiales previamente establecidos por escrito por un directivo de la Empresa autorizado para ello, la Empresa no acepta ninguna responsabilidad con respecto a cualquier incumplimiento de las fechas acordadas de salida o llegada de las Mercanc\u00edas. 26(A) Con sujeci\u00f3n a las cl\u00e1usulas 2(B) y 11(B) anteriores y a la subcl\u00e1usula (D) siguiente, la responsabilidad de la Compa\u00f1\u00eda, cualquiera que sea su origen y a pesar de que la causa de la p\u00e9rdida o da\u00f1o sea inexplicable, no exceder\u00e1 de: (i) en el caso de reclamaciones por p\u00e9rdida o da\u00f1o de las Mercanc\u00edas: (a) el valor de cualquier p\u00e9rdida o da\u00f1o; o (b) una suma a raz\u00f3n de 2 DEG por kilo del peso bruto de cualquier Mercanc\u00eda perdida o da\u00f1ada, la que sea menor. (ii) con sujeci\u00f3n a lo dispuesto en el apartado (iii) siguiente, en el caso de todas las dem\u00e1s reclamaciones: (a) el valor de las Mercanc\u00edas objeto de la transacci\u00f3n pertinente entre la Empresa y su Cliente; o (b) cuando pueda definirse el peso, una suma calculada a raz\u00f3n de 2 DEG por kilo del peso bruto de las Mercanc\u00edas objeto de dicha transacci\u00f3n; o (c) 75.000 DEG respecto a cualquier transacci\u00f3n, la cantidad que sea menor. (iii) en el caso de un error y\/u omisi\u00f3n, o de una serie de errores y\/u omisiones que sean repeticiones o representen la continuaci\u00f3n de un error y\/u omisi\u00f3n original: (a) la p\u00e9rdida sufrida; o (b) 75.000 DEG en el conjunto de cualquier a\u00f1o comercial a partir del momento en que se cometi\u00f3 el error y\/u omisi\u00f3n original, la cantidad que sea menor. A efectos de la cl\u00e1usula 26(A), el valor de las Mercanc\u00edas ser\u00e1 su valor en el momento en que fueron, o deber\u00edan haber sido, enviadas. El valor del SDR se calcular\u00e1 en la fecha en que la Compa\u00f1\u00eda reciba la reclamaci\u00f3n por escrito. (B) Sin perjuicio de lo dispuesto en la cl\u00e1usula 2(B) anterior y en la subcl\u00e1usula (D) siguiente, la responsabilidad de la Empresa por p\u00e9rdidas o da\u00f1os resultantes de la falta de entrega, o de organizaci\u00f3n de la entrega de los bienes, en un plazo razonable, o (cuando exista un acuerdo especial en virtud de la Cl\u00e1usula 25) de incumplimiento de las fechas de salida o llegada acordadas, no exceder\u00e1 en ning\u00fan caso de una suma igual al doble del importe de los cargos de la Empresa en relaci\u00f3n con el contrato correspondiente. (C) Salvo con respecto a las p\u00e9rdidas o da\u00f1os a los que se hace referencia en la subcl\u00e1usula (B), y con sujeci\u00f3n a la cl\u00e1usula 2(B) anterior y a la subcl\u00e1usula (D) siguiente, la Compa\u00f1\u00eda no ser\u00e1 responsable en ning\u00fan caso de las p\u00e9rdidas indirectas o consecuentes, tales como (pero sin limitarse a ellas) la p\u00e9rdida de beneficios, la p\u00e9rdida de mercado o las consecuencias de retrasos o desviaciones, cualquiera que sea su causa. (D) En caso de recibir instrucciones claras por escrito, declarando la mercanc\u00eda y su valor, recibidas del Cliente y aceptadas por la Empresa, la Empresa podr\u00e1 aceptar una responsabilidad superior a los l\u00edmites establecidos en las subcl\u00e1usulas (A) a (C) anteriores, siempre que el Cliente acepte pagar los cargos adicionales de la Empresa por aceptar dicha responsabilidad incrementada. Los detalles de los cargos adicionales de la Empresa se proporcionar\u00e1n previa solicitud. 27(A) Cualquier reclamaci\u00f3n del Cliente contra la Empresa que surja en relaci\u00f3n con cualquier servicio prestado al Cliente, o que la Empresa se haya comprometido a prestar, deber\u00e1 realizarse por escrito y notificarse a la Empresa en un plazo de 14 d\u00edas a partir de la fecha en que el Cliente haya tenido conocimiento, o razonablemente debiera haber tenido conocimiento, conocimiento de cualquier hecho o acontecimiento que supuestamente d\u00e9 lugar a dicha reclamaci\u00f3n, y cualquier reclamaci\u00f3n no formulada y notificada como se indica anteriormente se considerar\u00e1 renunciada y prescrita de forma absoluta, excepto cuando el Cliente pueda demostrar que le ha sido imposible cumplir este plazo y que ha formulado la reclamaci\u00f3n tan pronto como le ha sido razonablemente posible hacerlo. (B) Sin perjuicio de lo dispuesto en el subapartado (A) anterior, la Empresa quedar\u00e1 exonerada, en cualquier caso, de toda responsabilidad, cualquiera que sea su naturaleza y el modo en que se produzca, con respecto a cualquier servicio prestado para el Cliente, o que la Empresa se haya comprometido a prestar, a menos que se interponga una demanda y se notifique por escrito a la Empresa en el plazo de nueve meses a partir de la fecha del hecho o acontecimiento que supuestamente d\u00e9 lugar a una causa de acci\u00f3n contra la Empresa.  <strong>JURISDICCI\u00d3N Y DERECHO<\/strong> 28 (A) Estas condiciones y cualquier acto o contrato al que se apliquen se regir\u00e1n por la legislaci\u00f3n inglesa. (B) Todo litigio derivado de cualquier acto o contrato al que se apliquen las presentes Condiciones, salvo lo dispuesto en (C) a continuaci\u00f3n, se someter\u00e1n a la jurisdicci\u00f3n exclusiva de los tribunales ingleses. (C) No obstante (B) anterior, la Compa\u00f1\u00eda tiene derecho a exigir que cualquier disputa se resuelva mediante arbitraje. (D) La Sociedad podr\u00e1 ejercer sus derechos en virtud de (C) ya sea iniciando por s\u00ed mismo un arbitraje con respecto a una disputa o enviando una notificaci\u00f3n por escrito al Cliente solicitando que una disputa se resuelva mediante arbitraje. (E) En caso de que la Compa\u00f1\u00eda ejerza sus derechos en virtud de<br \/>\n(C) anterior, el arbitraje correspondiente se llevar\u00e1 a cabo como sigue:<br \/>\n(i) Cuando la cantidad reclamada por el demandante sea inferior a 400.000 \u00a3, excluidos los intereses, (o cualquier otra cantidad que la Empresa y el Cliente puedan acordar, y con sujeci\u00f3n a lo dispuesto en<br \/>\n(iii) a continuaci\u00f3n), la referencia se har\u00e1 a un tribunal de tres \u00e1rbitros y el arbitraje se llevar\u00e1 a cabo de conformidad con el Procedimiento Intermedio de Reclamaciones de la LMAA aplicable en la fecha de inicio del procedimiento de arbitraje;    (ii) Cuando la cantidad reclamada por el demandante sea inferior a 100.000 \u00a3, excluidos los intereses, (o cualquier otra cantidad que la Empresa y el Cliente puedan acordar, y sujeto a (iii) a continuaci\u00f3n), la referencia se har\u00e1 a un \u00e1rbitro \u00fanico y el arbitraje se llevar\u00e1 a cabo de conformidad con el proceso de escasa cuant\u00eda de la LMAA aplicable en la fecha de inicio del procedimiento de arbitraje; (iii) En cualquier caso en que ninguno de los Procedimientos LMAA mencionados en (i) y\/o (ii) anterior, la referencia se har\u00e1 a tres \u00e1rbitros de acuerdo con las Condiciones de la LMAA aplicables en la fecha de inicio del procedimiento de arbitraje. &nbsp;<span style=\"font-size: 18pt;\"><b style=\"font-size: 18pt;\">*<\/b><span style=\"font-size: 24px;\"><b>adicionales<\/b><\/span><b style=\"font-size: 18pt;\"> adicionales a las Condiciones BIFA, <\/b><\/span><strong style=\"font-size: 24px;\">la combinaci\u00f3n de las condiciones siguientes y<\/strong><strong style=\"font-size: 18pt;\">las condiciones<\/strong><strong style=\"font-size: 24px;\">BIFA<\/strong><strong style=\"font-size: 18pt;\">, forman las condiciones completas de International Vehicle Shipping Services Limited<\/strong><span style=\"font-size: 18pt;\"><strong>Condiciones adicionales para maquinaria y equipamiento de veh\u00edculos de motor, incluidas autocaravanas y camiones de expedici\u00f3n<\/strong><\/span> 1.<br \/>\n  All prices are subject to change, and exchange rate fluctuations.<\/p>\n<p>  Any quotation is calculated as per the dimensions declared to us, cargo may be measured at the port and the measured dimensions payable, penalty fees may apply.<\/p>\n<p>  Where the variance is more than 10% we charge an admin fee of $200 .<br \/>\n Los costes locales, los honorarios de terceros agentes y las tasas portuarias se facilitan como estimaciones, est\u00e1n sujetos a cambios y no son contractuales. La carga est\u00e1 sujeta a la aceptaci\u00f3n y las condiciones de la compa\u00f1\u00eda naviera. Los horarios de navegaci\u00f3n y las fechas de llegada y salida pueden cambiar o cancelarse sin previo aviso ni responsabilidad alguna. <strong>2. Las reservas Roll on Roll pueden:<\/strong> a) <strong>Ser<\/strong> cambiadas o modificadas por el cliente una sola vez sin incurrir en gastos de cambio por parte de la empresa, aunque el transportista o el agente local pueden imponer gastos de cambio o cancelaci\u00f3n que se abonar\u00e1n (salvo que se indique lo contrario) en cualquier momento antes de la primera de las fechas siguientes a) 14 d\u00edas antes de la fecha de salida (la primera entre la fecha reservada originalmente y la fecha de salida actual) b) documentaci\u00f3n en curso de elaboraci\u00f3n, expedici\u00f3n o finalizaci\u00f3n c) costes en que se incurre. Si la documentaci\u00f3n ha sido elaborada, completada o emitida, se aplicar\u00e1 una tasa de cambio m\u00ednima de 100$\/ 100\u20ac\/ 125\u00a3 m\u00e1s los gastos en que se haya incurrido (despacho de aduanas, seguro o cualquier otro gasto en que se haya incurrido, o tasas de cambio del transportista, Todas las reservas est\u00e1n sujetas tambi\u00e9n a las condiciones del transportista, que pueden incluir gastos de cancelaci\u00f3n adicionales, gastos de flete muerto u otras tasas. Para evitar dudas, todos los gastos derivados de cambios y cancelaciones por parte del transportista, agentes locales o cualquier otra parte correr\u00e1n a cargo del expedidor. B) cancelada, por el cliente sin incurrir en gastos de cambio o cancelaci\u00f3n por parte de la empresa, en cualquier momento antes de: a) 14 d\u00edas antes de la fecha de salida (la primera entre la fecha reservada originalmente y la fecha de salida actual) b) Documentaci\u00f3n en curso, emitida o completada c) Costes incurridos d) El veh\u00edculo se entrega en el puerto o almac\u00e9n El transportista o el agente local a\u00fan pueden imponer tasas por cambio, cancelaci\u00f3n o flete muerto que son pagaderas, (salvo que se indique lo contrario). Si se ha trabajado en la documentaci\u00f3n, se ha completado o emitido, se aplicar\u00e1 una tasa de cancelaci\u00f3n m\u00ednima de 250$\/250\u20ac\/225\u00a3 m\u00e1s los costes incurridos (despacho de aduanas, seguros o cualquier otro coste incurrido, tasas de cancelaci\u00f3n o cambio del transportista), Todas las reservas est\u00e1n sujetas tambi\u00e9n a las condiciones del transportista, que pueden incluir tasas de cancelaci\u00f3n adicionales, gastos de flete muerto u otras tasas. Para evitar dudas, todos los gastos derivados de cambios y cancelaciones por parte del transportista, agentes locales o cualquier otra parte correr\u00e1n a cargo del expedidor. 3. Las <strong>reservas de contenedores<\/strong> est\u00e1n sujetas a una tasa m\u00ednima de cancelaci\u00f3n o cambio por parte del transportista de $280 USD m\u00e1s un cargo administrativo de $200\/\u20ac200\/\u00a3175, por cualquier cambio o cancelaci\u00f3n una vez que la reserva haya sido confirmada, m\u00e1s cualquier coste incurrido (despacho de aduanas, seguros, almacenamiento en puerto, gastos de almac\u00e9n, o cualquier otro coste incurrido. Adem\u00e1s, todas las reservas est\u00e1n sujetas a las condiciones del transportista, que pueden incluir gastos de cancelaci\u00f3n adicionales, gastos de porte muerto u otras tasas. Para evitar dudas, todos los gastos derivados de cambios y cancelaciones por parte del transportista, agentes locales o cualquier otra parte correr\u00e1n a cargo del expedidor. 4. A menos que se indique lo contrario y se acuerde por escrito entre la empresa y el transportista, los efectos personales no se cargar\u00e1n en los veh\u00edculos transportados por Roll on Roll Off y estar\u00e1n sujetos a los t\u00e9rminos y condiciones del transportista. Tanto si se ha acordado como si no, cualquier art\u00edculo que se deje en los veh\u00edculos corre por su cuenta y riesgo, bajo la responsabilidad del cliente; no asumiremos ninguna responsabilidad en relaci\u00f3n con dichos art\u00edculos. 5. El cliente se compromete a no dejar ning\u00fan objeto de valor, por ejemplo (dinero, tarjetas de cr\u00e9dito, joyas) o aparatos electr\u00f3nicos (ordenadores port\u00e1tiles, ordenadores, tabletas, GPS \/ dispositivos de navegaci\u00f3n, c\u00e1maras, drones, tel\u00e9fonos m\u00f3viles) o art\u00edculos similares en los veh\u00edculos. 6. El cliente es responsable de garantizar el cumplimiento de todas las normativas o reglamentos aduaneros del pa\u00eds y\/o puerto de salida y llegada. 7. El cliente reconoce y entiende que existe un riesgo significativo de robo de los objetos dejados en los veh\u00edculos durante los env\u00edos Roll on Roll Off y que ni la empresa, ni ning\u00fan subcontratista, agente o transportista aceptar\u00e1 responsabilidad alguna por los objetos dejados en el veh\u00edculo. 8. En ning\u00fan caso la empresa se responsabilizar\u00e1 de golpes, abolladuras o ara\u00f1azos en los veh\u00edculos. El cliente acepta indemnizar a la empresa, a sus subcontratistas y al transportista en relaci\u00f3n con cualquier reclamaci\u00f3n.  <strong>9. Los horarios, calendarios y escalas est\u00e1n sujetos a cambios sin previo aviso y no est\u00e1n garantizados. El transbordo puede realizarse a discreci\u00f3n del transportista. Las fechas de salida y llegada no pueden garantizarse y no debe fiarse de ellas por ning\u00fan motivo.<\/strong>  10. Sin el acuerdo previo por escrito de un funcionario de la Empresa autorizado para ello, la Empresa no aceptar\u00e1 que se deje ninguna documentaci\u00f3n dentro de estos env\u00edos, esto incluye matr\u00edculas de Veh\u00edculos, T\u00edtulos, Cuadernos CPD, Cuadernos ATA, Pasaportes o cualquier otro documento. Si, a pesar de ello, el Cliente entregara a la Empresa cualquiera de dichos documentos o mercanc\u00edas, o hiciera que la Empresa manipulara o tratara con dichos bienes o documentaci\u00f3n, de otra forma que no fuera en virtud de dicho acuerdo previo, la Empresa no tendr\u00e1 responsabilidad alguna por los bienes o en relaci\u00f3n con los mismos, sea cual fuere su origen. Es importante tener en cuenta que, la documentaci\u00f3n se requiere rutinariamente para el despacho de la carga, por lo tanto, si la documentaci\u00f3n es el contenedor, las mercanc\u00edas o el veh\u00edculo, es probable que ninguna parte ser\u00e1 de acceder a la documentaci\u00f3n ser\u00e1 de proceder con el despacho de aduana. 11. Es responsabilidad del cliente, y el cliente se compromete a documentar o registrar el estado de la carga en el momento de la entrega en el almac\u00e9n del puerto o de otro modo. El cliente se compromete a tomar fotos y registrar el estado del veh\u00edculo en el momento de la entrega en el puerto, almac\u00e9n o agente local. 12. Seguro &#8211; es importante y recomendable que contrate un seguro para cubrir sus bienes, por favor, comprenda que sin seguro sus bienes pueden no estar cubiertos por p\u00e9rdida o da\u00f1o, y\/o cualquier reclamaci\u00f3n de media general . La responsabilidad de la empresa, de los subcontratistas y del transportista puede verse considerablemente limitada.<br \/>\n13. Notificaci\u00f3n de p\u00e9rdidas o da\u00f1os: el cliente debe notificar inmediatamente cualquier p\u00e9rdida o da\u00f1o: 1. Al puerto o almac\u00e9n, no deben abandonar el puerto o almac\u00e9n sin  a) notificaci\u00f3n del siniestro b) recibir una copia de cualquier informe de da\u00f1os o p\u00e9rdidas cumplimentado. 2. A la compa\u00f1\u00eda: el cliente debe informar de cualquier p\u00e9rdida o da\u00f1o por escrito a la compa\u00f1\u00eda tan pronto como le sea razonablemente posible, junto con una copia del informe\/documentaci\u00f3n del punto 11.1 y pruebas fotogr\u00e1ficas de la p\u00e9rdida o da\u00f1o tomadas antes de que la mercanc\u00eda abandone el puerto o almac\u00e9n, pero no m\u00e1s tarde de 48 horas despu\u00e9s de recuperar el veh\u00edculo del puerto o almac\u00e9n o de tener conocimiento del da\u00f1o o p\u00e9rdida (lo que ocurra antes). 3. Cuando los da\u00f1os o p\u00e9rdidas no hayan sido notificados como se ha indicado anteriormente, se considerar\u00e1 que se ha renunciado a cualquier reclamaci\u00f3n y que \u00e9sta ha prescrito absolutamente. 14. Salvo instrucciones por escrito previamente recibidas y mutuamente acordadas, reconocidas por la Compa\u00f1\u00eda antes de la reserva, y previo pago de las tarifas adicionales aplicables, la Compa\u00f1\u00eda no aceptar\u00e1 ni tratar\u00e1 con mercanc\u00edas consideradas peligrosas, inflamables o nocivas, incluidas, entre otras, las bater\u00edas de litio. Si, en virtud de acuerdos especiales, dichas mercanc\u00edas son aceptadas inicialmente pero posteriormente suponen un riesgo percibido para otras mercanc\u00edas, bienes, vida o salud, la Empresa har\u00e1 esfuerzos razonables para ponerse en contacto con el Cliente para solicitar la retirada o la manipulaci\u00f3n adecuada de dichas mercanc\u00edas. No obstante, la Empresa se reserva el derecho incondicional de emprender dichas acciones por cuenta del Cliente, independientemente de cualquier comunicaci\u00f3n previa. Sin perjuicio de los derechos especificados en las cl\u00e1usulas 15 y 18 del presente contrato, en caso de que el Cliente entregue a la Empresa o contrate a la Empresa para la manipulaci\u00f3n o gesti\u00f3n de mercanc\u00edas de naturaleza peligrosa, nociva o destructiva, tanto si han sido declaradas a la Empresa como si no, el Cliente ser\u00e1 plenamente responsable de las p\u00e9rdidas o da\u00f1os que se produzcan en relaci\u00f3n con dichas mercanc\u00edas. Adem\u00e1s, el Cliente indemnizar\u00e1 a la Empresa por todas las sanciones, reclamaciones, da\u00f1os, costes y gastos derivados de esta asociaci\u00f3n. La manipulaci\u00f3n de dichas mercanc\u00edas podr\u00e1 realizarse seg\u00fan estime conveniente la Compa\u00f1\u00eda o cualquier otra entidad que tenga la custodia de dichas mercanc\u00edas en cada momento. Es responsabilidad exclusiva del Cliente declarar expl\u00edcitamente por escrito la presencia de cualquier carga peligrosa, proporcionar toda la documentaci\u00f3n y descripciones necesarias, comprobar y verificar cualquier requisito espec\u00edfico en virtud del c\u00f3digo imo o cualquier otra norma o reglamento y obtener la aprobaci\u00f3n expl\u00edcita por escrito de la Compa\u00f1\u00eda para el env\u00edo de dicha carga. A falta de confirmaci\u00f3n por escrito, la mercanc\u00eda no debe enviarse. Es importante se\u00f1alar que facilitar una lista de empaquetado no constituye una declaraci\u00f3n por escrito, y la aceptaci\u00f3n de una lista de empaquetado no implica la aprobaci\u00f3n de los detalles de las mercanc\u00edas, de ning\u00fan art\u00edculo ni de su peligrosidad. 15. El cliente reconoce y acepta que si la aduana, el transportista, el puerto o cualquier otra parte desea verificar, inspeccionar o consultar la carga, podr\u00eda haber cargos adicionales como resultado, esto incluye y no se limita a multas, tasas de inspecci\u00f3n, tasas de exploraci\u00f3n, movimiento, detenci\u00f3n, demora, limpieza, almacenamiento, coste de retraso, etc., y cualquier coste o cargo en el que se incurra, estos costes correr\u00edan totalmente por cuenta del cliente.<br \/>\n16. El cliente acepta que cualquier carga presentada para su env\u00edo debe estar limpia y en un estado libre de suciedad, aceite, tierra, semillas, polvo, grasa u otro tipo de contaminaci\u00f3n o materia org\u00e1nica.<br \/>\nEl cliente reconoce que muchos pa\u00edses aplican estrictas normas de cuarentena, cuyo incumplimiento puede dar lugar a tasas adicionales, o a la no aceptaci\u00f3n de la carga, limpieza adicional, fumigaci\u00f3n u otros requisitos.<br \/>\nser\u00e1 responsable de todos los costes, p\u00e9rdidas o da\u00f1os que se produzcan en relaci\u00f3n con dichas Mercanc\u00edas, e indemnizar\u00e1 a la Empresa por todas las sanciones, reclamaciones, da\u00f1os, costes y gastos de cualquier tipo que se produzcan en relaci\u00f3n con las mismas, y las Mercanc\u00edas podr\u00e1n ser tratadas de la forma que la Empresa, o cualquier otra persona bajo cuya custodia puedan estar en cualquier momento pertinente, considere adecuada.<br \/>\n17. El cliente reconoce y acepta que es responsable de asegurarse de que cumple todas las normas y reglamentos aduaneros del pa\u00eds y\/o puerto de salida y llegada.<br \/>\nEs importante investigar y comprender todos los reglamentos y normas aplicables para asegurarse de que tu env\u00edo cumple todos los requisitos.<br \/>\nEl incumplimiento de los reglamentos o normas aduaneros puede dar lugar a retrasos, multas, costes u otras sanciones.<br \/>\nPor tanto, es crucial cumplir cuidadosamente todos los requisitos para evitar posibles problemas con tu env\u00edo.<br \/>\nEl cliente reconoce que las aduanas pueden determinar de forma independiente si su carga es aceptada para la importaci\u00f3n o la exportaci\u00f3n, junto con los tipos de derechos o impuestos aplicables.<br \/>\n18. Los env\u00edos est\u00e1n sujetos a cargos por Servicios Adicionales (No exhaustivos)           <\/p>\n<ul>\n<li>Liberaci\u00f3n expr\u00e9s 100 USD + gastos incurridos<\/li>\n<li>Tasa de liberaci\u00f3n por pago tard\u00edo 100 USD + gastos incurridos<\/li>\n<li>Tasa de modificaci\u00f3n de la orden de entrega o liberaci\u00f3n 50 USD<\/li>\n<li>Modificaci\u00f3n del conocimiento de embarque 100 USD + gastos incurridos por cambio<\/li>\n<li>Documentos de entrega \/ Recibo de muelle \/ Reexpedici\u00f3n SN \/ Tasa de modificaci\u00f3n 50 \u00a4.<\/li>\n<li>Tasa B\/L dividida 100$ + gastos incurridos<\/li>\n<li>Almacenamiento Tasa administrativa \u00a325 + gastos de almacenamiento<\/li>\n<li>Tasa de cambio o anulaci\u00f3n del seguro \u00a350<\/li>\n<li>Facturaci\u00f3n fraccionada 30 USD por factura<\/li>\n<li>Cargo por hora 100 USD (tarifa m\u00ednima 100 USD)<\/li>\n<li>Tasa administrativa por doc. retrasado\/faltante $100<\/li>\n<li>Puerta tard\u00eda en USD$100 + Gastos incurridos<\/li>\n<li>Solicitud de seguro tard\u00eda Tasa administrativa 30 USD<\/li>\n<li>Tasa de validaci\u00f3n de POA, gravamen o t\u00edtulo 100 USD<\/li>\n<li>Cualquier otra tasa o gasto incurrido<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Servicios de transporte internacional de veh\u00edculos Condiciones comerciales generales de Limited Las condiciones completas son las siguientes: BRITISH INTERNATIONAL FREIGHT ASSOCIATION (BIFA) CONDICIONES COMERCIALES EST\u00c1NDAR EDICI\u00d3N 2021, \u00a9 BIFA 2021 &#8211; 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